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Sanse mantiene la figura clásica de la Inspección Técnica de Edificios, con su ordenanza propia, sus listados anuales y un acta que sale favorable o desfavorable. Treinta años de antigüedad, renovación decenal y, si el acta sale mal, seis meses para pedir licencia y hacer las obras. Esto es lo que hay que saber, y qué se hace con la parte de fachada.
Somos una empresa de trabajos verticales: ejecutamos las reparaciones que el acta exige en fachada, patios y cubierta. No redactamos ni firmamos la ITE, el IEE ni ningún informe técnico, ni certificamos la subsanación: eso corresponde al arquitecto o arquitecto técnico competente. Tampoco somos el Ayuntamiento. Si tu comunidad aún no tiene técnico, ese es el primer paso; nosotros entramos después, con la lista delante.
La ficha del trámite del propio Ayuntamiento se apoya en dos textos: el artículo 169 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza Reguladora de la Inspección Técnica de Edificios y Construcciones, aprobada por el Pleno el 19 de enero de 2012 y publicada en el BOCM de 22 de mayo de 2012.
En la ficha del trámite no consta tasa municipal por la presentación. Como la ordenanza fiscal puede cambiar de un ejercicio a otro, conviene confirmarlo en la sede antes de dar por hecho que no hay que pagar nada, sobre todo si el expediente se abre por un acta desfavorable.
Sanse conserva la ITE como figura viva, mientras que vecinos como Alcobendas o Colmenar Viejo han refundido ITE e IEE en una sola ordenanza. Eso no elimina el Decreto 103/2016 de la Comunidad de Madrid, que se aplica a todos los municipios y exige el Informe de Evaluación del Edificio a la vivienda colectiva de más de 50 años y a cualquier edificio que pida ayudas públicas. Los dos relojes conviven.
Traducido a lo práctico: un bloque de los años sesenta del entorno del casco puede tener que atender la ITE municipal por los treinta años y el IEE autonómico por los cincuenta, y si además va a solicitar una subvención, el IEE tiene que estar registrado antes de pedirla. La diferencia entre una figura y otra la explicamos en ITE en Madrid, y el trámite del sello en registro del IEE.
Es un municipio de dos velocidades: el casco y el crecimiento obrero por un lado, los desarrollos de los ochenta y de los dos mil por otro.
Alrededor de la Plaza de la Constitución y de la iglesia. Fábricas antiguas revocadas, aleros de madera y medianeras que quedaron a la vista al sustituir la casa contigua. Las medianeras vistas sin impermeabilizar son la vía de entrada de agua más frecuente aquí.
Bloques levantados para la gente que llegó a trabajar a la industria de la carretera de Burgos, en el eje que hoy funde Sanse con Alcobendas. Revoco pintado sobre ladrillo, cornisa corrida y patios interiores estrechos. Es el grupo que más actas desfavorables produce.
Ladrillo cara vista de los ochenta y noventa. Aquí la deficiencia típica no es estructural: son juntas de dilatación abiertas, albardillas de peto sin goterón y humedad en las últimas plantas.
Todavía por debajo del umbral en muchos casos, pero ya con encuentros de cubierta y sellados de carpintería que piden repaso. Aquí lo que toca es mantenimiento, no expediente.
Los unifamiliares y las urbanizaciones dispersas —Club de Campo, Fuente del Fresno, Ciudalcampo— tienen su propia casuística: cubiertas inclinadas, canalones y chimeneas, con menos fachada de altura y más problema de agua por remates.
En los bloques del entorno del casco los patios son estrechos, oscuros y llevan décadas sin que nadie baje. Se acumulan tres cosas a la vez: revoco desprendido, bajantes sueltas o rotas y nidos de paloma. El técnico lo ve, lo refleja, y la comunidad descubre que por ahí no entra un andamio: no hay hueco, y montar torre implicaría desmontar el propio patio.
Es exactamente el caso para el que existe el acceso por cuerda. Se ancla en cubierta, se baja al fondo del patio y se resuelve el paño completo en una o dos jornadas, sin tocar el portal ni la acera. Lo que sale de ahí suele repartirse entre saneado y picado de lo hueco, impermeabilización de remates y redes antipalomas para que no vuelva a llenarse.
Lo que viene después —qué es una orden de ejecución, por qué las obras obligatorias no necesitan acuerdo previo de la junta y qué partidas se repiten en las listas de fachada— está desarrollado en qué hacer si la ITE sale desfavorable.
Es el atasco más común y cuesta meses. La Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, en su artículo 10.1, establece que las obras necesarias para el cumplimiento del deber de conservación —incluidas las impuestas por la Administración— tienen carácter obligatorio y no requieren acuerdo previo de la Junta de propietarios. Lo que sí corresponde a la junta, según el 10.2, es repartir la derrama y fijar los plazos de pago.
Por eso pedimos siempre el presupuesto con las partidas separadas: lo obligatorio por un lado y lo voluntario —pintar el resto de la fachada por estética, por ejemplo— por otro. Así la junta discute solo lo segundo.
Un acta de ITE rara vez pide rehabilitar el edificio entero. Pide cosas concretas y repartidas: tres metros de cornisa, dos paños que suenan huecos, cuatro juntas y el peto de la cubierta. Un andamio para eso son días de montaje, licencia de ocupación de vía pública, tasa y alquiler que corre aunque no se trabaje.
El acceso por cuerda tiene norma propia: el Real Decreto 2177/2004 exige dos cuerdas independientes —una de trabajo y otra de seguridad—, cada una con su anclaje, y formación específica de quien se descuelga. En una calle estrecha del casco o en un patio interior, además, suele ser la única forma de llegar.
Con el acta por delante y una foto desde la calle o desde el patio ya orientamos por teléfono. Para cerrarlo hay que ir: no es lo mismo sellar cuatro juntas que picar medio paño, y los metros reales de cornisa nunca son los que parecen desde abajo. El presupuesto va por escrito, con las partidas separadas, para poder llevarlo a la junta y compararlo. Las unidades están explicadas en precio de la ITE y de las reparaciones.
Esta página la escribe una empresa privada. Comprueba siempre en origen:
No hemos podido descargar el texto íntegro de la ordenanza de 2012 desde el BOCM, así que los plazos que damos arriba son los que publica el propio Ayuntamiento en su ficha del trámite. Si tu edificio está en el listado, la fecha que manda es la del listado.
Los umbrales y los plazos cambian de un ayuntamiento a otro.
Y si lo que buscas no es el informe sino la obra, la página de zona es trabajos verticales en San Sebastián de los Reyes.
Mándanos el acta desfavorable de tu edificio en Sanse y te decimos qué cuesta la parte de fachada.
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