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Alcalá aplica el Decreto autonómico sin ordenanza propia que lo endurezca, pero tramita con un procedimiento muy concreto y publica cada año la relación de edificios obligados. Esto es lo que hay que saber antes de encargar el informe, y lo que hacemos nosotros después: reparar por cuerda lo que el informe exige en fachada, patios y cubierta.
Somos una empresa de trabajos verticales. No redactamos ni firmamos la ITE, el IEE ni ningún informe técnico, ni certificamos la subsanación: eso corresponde a un arquitecto o arquitecto técnico competente, que además debe suscribir la declaración responsable del anexo del Decreto. Nosotros ejecutamos las obras que el informe obliga a subsanar.
El servicio de Urbanismo del Ayuntamiento remite expresamente al Decreto 103/2016, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, que regula el informe de evaluación de los edificios en la Comunidad de Madrid. Es decir: aquí no hay una ordenanza local que baje el umbral a treinta años, como sí ocurre en Rivas o en Arganda.
Una precisión útil: el propio Ayuntamiento recuerda al técnico que debe revisar el manual de usuario disponible en la web autonómica, en particular en lo relativo a las instalaciones comunes —ascensores, instalación eléctrica, calefacción, agua caliente sanitaria—, cuyas revisiones sectoriales el técnico tiene que comprobar y hacer constar si faltan o salieron desfavorables.
La presentación se hace preferentemente por la sede electrónica, o en registro presencial, y siempre con tres ficheros generados por la aplicación oficial del informe:
El nombre de los tres archivos se construye con la referencia catastral del inmueble. Parece un detalle menor y es la causa más habitual de que un informe se devuelva para subsanar. Si el técnico no lo entrega así, la comunidad pierde semanas.
Para dudas de trámite, el Ayuntamiento publica el teléfono 91 888 33 00 y el correo del 010. La ficha completa está en Informe de Evaluación del Edificio, Urbanismo de Alcalá de Henares.
Alcalá sí publica el listado, y esa es una ventaja frente a municipios del corredor donde la fecha hay que calcularla a mano. En su web de Urbanismo mantiene descargables las relaciones de edificios obligados a pasar el IEE de los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025.
Merece la pena consultarlo antes de nada por dos motivos. El primero, obvio: saber si al edificio le toca. El segundo, menos evidente: si el portal aparece en la relación de un año ya vencido y la comunidad no presentó nada, el incumplimiento ya está corriendo, y el momento en que eso suele aflorar es justo cuando se pide una subvención o cuando alguien vende.
Alcalá tiene un problema de diagnóstico que no tienen sus vecinos: aquí conviven un casco histórico declarado Patrimonio Mundial y barrios enteros de bloque de los sesenta y setenta, y cada uno falla de forma distinta y se repara de forma distinta.
Fábrica antigua, revocos y enfoscados de cal, aleros y carpintería de madera, cornisas moldeadas y calles estrechas con soportales. El material no admite morteros duros ni pinturas plásticas: hay que reponer con productos compatibles y transpirables. Y el andamio, además de caro, aquí no siempre cabe.
El primer barrio prediseñado de la ciudad, hacia 1960, para resolver el problema de vivienda de la época. Junto con Puerta de Madrid, El Chorrillo y Juan de Austria forma el grueso del parque que ya ha superado el umbral de los cincuenta años.
Otro conjunto residencial de la misma generación, con la homogeneidad tipológica propia de una promoción unitaria: cuando falla un elemento, suele fallar en todos los portales iguales del mismo grupo.
La Garena, Espartales y el resto del crecimiento de los noventa y dos mil: monocapa, aluminio y sellador. Todavía no entran por edad, pero sí en cuanto la comunidad pida ayudas públicas, que es el otro supuesto del Decreto.
En los bloques de los sesenta y setenta la lista de deficiencias es siempre reconocible: cornisas y frentes de forjado con la armadura oxidada, juntas de ladrillo cara vista descarnadas por el ciclo hielo-deshielo del corredor, petos de cubierta sin coronación impermeabilizada y patios interiores estrechos con revoco disgregado y bajantes sueltas. En el casco, en cambio, lo que se repite es el desprendimiento de revoco de cal, el alero de madera podrido en su encuentro con la fábrica y la humedad de capilaridad en planta baja.
El informe de evaluación no valora solo la conservación: también evalúa las condiciones básicas de accesibilidad universal y si el edificio es susceptible de ajustes razonables. En los edificios declarados o incoados Bien de Interés Cultural o Patrimonial y en los catalogados urbanísticamente, esos ajustes deben valorarse teniendo en cuenta la normativa específica de protección.
Traducido para una comunidad del casco de Alcalá: la solución de accesibilidad que sirve en un bloque de Reyes Católicos no tiene por qué ser admisible en un edificio protegido, y el técnico tiene que justificarlo. Lo mismo vale para los acabados de fachada: el color, la textura y el material de reposición pueden estar condicionados por la protección del conjunto. Conviene preguntarlo antes de cerrar el presupuesto, no después.
No es una multa: es una lista de deficiencias con plazo. Cuando el resultado es desfavorable, el informe debe recoger las deficiencias a subsanar y, si procede, las medidas de seguridad adoptadas o necesarias para garantizar la seguridad de ocupantes, vecinos y transeúntes. Esa segunda parte es la que corre de verdad: si hay riesgo de caída de material a la vía pública —y en calle estrecha de casco eso es especialmente serio— lo primero es balizar abajo y retirar lo que esté suelto, en una jornada y sin esperar a la junta.
Después llega la comprobación municipal y, en su caso, la orden de ejecución. Y conviene tener presente el artículo 10.1 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal: las obras necesarias para el deber de conservación, incluidas las impuestas por la Administración, son obligatorias y no requieren acuerdo previo de la Junta de propietarios. La junta reparte la derrama y fija los plazos de pago. Todo el recorrido está en qué hacer si la ITE sale desfavorable.
Una lista de deficiencias casi nunca es «rehabilitar la fachada entera». Son actuaciones repartidas: unos metros de cornisa, un paño que suena hueco, cuatro juntas y el peto. Montar andamio para eso son días de montaje, licencia de ocupación de vía pública, tasa y un alquiler que corre aunque no se trabaje. En el casco de Alcalá, además, ocupar acera en calle estrecha o bajo soportal es un problema en sí mismo.
Por acceso mediante cuerda se empieza el mismo día, se paga el trabajo ejecutado y al terminar la jornada la fachada queda limpia. En los patios interiores suele ser directamente la única forma de bajar. Tiene norma propia: el Real Decreto 2177/2004 exige dos cuerdas independientes, cada una con su anclaje, y formación específica de quien se descuelga.
Lo que solemos ejecutar de una lista de Alcalá: saneado de fachada y desprendimientos, reparación de grietas, sellado de juntas, impermeabilización de petos y cubiertas, pintura de fachada y patios y antipalomas. La patología concreta del parque alcalaíno, con síntomas y errores caros, está en trabajos verticales en Alcalá de Henares.
El segundo supuesto del Decreto —cualquier edificio que pida ayudas públicas, sin importar edad ni uso— es el que más gente descubre tarde. Para solicitar el Plan Rehabilita Madrid 2026 el edificio necesita el informe registrado antes de presentar la solicitud, no en trámite, y el plazo termina el 30 de septiembre de 2026. Entre encargar el informe, la visita, la presentación en sede y la comunicación al registro autonómico se va tiempo. Lo explicamos en registro del IEE en Madrid.
Esta página la escribe una empresa privada, no una administración. Lo normativo está aquí:
En el corredor no todos aplican lo mismo: hay ordenanzas locales que bajan el umbral a treinta años.
Mándanos la lista de deficiencias de fachada de tu edificio en Alcalá y te decimos qué cuesta y cuánto tarda, con las partidas separadas para llevarlo a la junta.
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